PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES

Para que su empresa cumpla con las obligaciones de identificación que impone la Ley.

CUMPLIMIENTO NORMATIVO DEL BLANQUEO DE CAPITAL

Un servicio destinado a todas aquellas empresas y profesionales obligados a cumplir con la legislación vigente en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del terrorismo tales como asesorías, agencias inmobiliarias, abogados, constructoras, auditores, notarios, joyerías, entidades financieras, aseguradoras…

prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

SERVICIO DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO

  • Realizar un estudio individualizado de las necesidades del cliente.
  • Elaborar un Manual en el que se consignen las políticas y procedimientos a que obliga la Ley 10/2010, de 28 de abril.
  • Asesoramiento en la creación del Órgano de Control Interno y en el nombramiento del Representante ante el Servicio Ejecutivo.
  • Redacción y confección de documentos de la entidad para cumplimentar y justificar las políticas de admisión de clientes.
  • Redacción de los formularios de comunicación interna de operaciones sospechosas.

 

SERVICIOS OPCIONALES

  • Emisión de Informe correspondiente al examen anual obligatorio o, cuando proceda, el informe de seguimiento.
  • Organización de cursos de Formación dentro del plan anual de formación a que obliga la Ley.
  • Asesoramiento Jurídico Permanente en materia de Prevención de blanqueo de capitales.
  • Aplicación por parte del prestador de servicios de las medidas de diligencia debida de la entidad y de cuantas obligaciones le impone la Ley.