PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES
Para que su empresa cumpla con las obligaciones de identificación que impone la Ley.
CUMPLIMIENTO NORMATIVO DEL BLANQUEO DE CAPITAL
Un servicio destinado a todas aquellas empresas y profesionales obligados a cumplir con la legislación vigente en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del terrorismo tales como asesorías, agencias inmobiliarias, abogados, constructoras, auditores, notarios, joyerías, entidades financieras, aseguradoras…
SERVICIO DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO
- Realizar un estudio individualizado de las necesidades del cliente.
- Elaborar un Manual en el que se consignen las políticas y procedimientos a que obliga la Ley 10/2010, de 28 de abril.
- Asesoramiento en la creación del Órgano de Control Interno y en el nombramiento del Representante ante el Servicio Ejecutivo.
- Redacción y confección de documentos de la entidad para cumplimentar y justificar las políticas de admisión de clientes.
- Redacción de los formularios de comunicación interna de operaciones sospechosas.
SERVICIOS OPCIONALES
- Emisión de Informe correspondiente al examen anual obligatorio o, cuando proceda, el informe de seguimiento.
- Organización de cursos de Formación dentro del plan anual de formación a que obliga la Ley.
- Asesoramiento Jurídico Permanente en materia de Prevención de blanqueo de capitales.
- Aplicación por parte del prestador de servicios de las medidas de diligencia debida de la entidad y de cuantas obligaciones le impone la Ley.